La Audiencia de Sevilla absuelve a los 16 acusados en el caso del presunto amaño en el concurso de la mina de Aznalcóllar
Tribunal condena a tres acusados a pagar costas y critica su “injusticia y sinrazón”
**Acaba la década de investigación en el caso de la mina de Aznalcóllar con la absolución de todos los imputados**
Tras diez años de procesos judiciales, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado sentencia de archivo en el caso que había perseguido a altos cargos de la Junta de Andalucía y a funcionarios vinculados a la adjudicación de la explotación minera de Aznalcóllar a Minorbis‑Grupo México. La resolución, de 224 páginas y fechada el 4 de diciembre de 2023, desestima los cargos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa, malversación, fraude, negociaciones prohibidas y prevaricación medioambiental que habían sido planteados por Emerita Resources España, SC Andalucía Mining y la Federación Provincial de Ecologistas en Acción.
**Principales hechos y desarrollo procesal**
– En julio de 2013 el Parlamento andaluz aprobó la reapertura de la mina; en diciembre se dictó un Decreto‑Ley para garantizar la explotación por la oferta más favorable en criterios técnicos, de seguridad, medioambientales y económicos.
– El 13 de enero de 2014 la Dirección General de Industria, Energía y Minas convocó un concurso público. Tres empresas presentaron sus propuestas: Emerita Resources España, Minorbis y Nyrstar NV.
– La Mesa de Contratación, integrada en su mayoría por los futuros acusados, delegó la valoración a una Comisión Técnica de seis miembros. Minorbis obtuvo la puntuación más alta y, el 25 de febrero de 2015, la Dirección General recomendó su adjudicación. La decisión fue formalizada el 11 de mayo de 2015 mediante la entidad Minera Los Frailes, controlada por Minorbis y Grupo México.
– Emerita denunció el proceso el 26 de febrero de 2015, iniciando una investigación que fue archivada en dos ocasiones por la Fiscalía y, posteriormente, remitida a la Audiencia por recursos presentados por Mercedes Alaya.
**Resumen de la sentencia**
– **Absolución total**: Los dieciséis acusados —incluidos altos cargos de la Junta de Andalucía, representantes de Minera Los Frailes, AMC Mining Iberia, Grupo México, Minorbis y Magtel— son liberados de todos los delitos imputados. El tribunal concluye que “no existió amaño del concurso internacional” y que la actuación de la Mesa y la Comisión fue “imparcial y profesional”.
– **Crítica a las acusaciones**: La Audiencia califica las denuncias de “injusticia y sinrazón”, señalando la ausencia de pruebas que demuestren tráfico de influencias o cualquier forma de presión indebida. Se destaca que los supuestos contactos entre los funcionarios y los empresarios fueron de carácter profesional y no influyeron en la decisión final.
– **Costas del proceso**: Las tres partes acusadoras (Emerita Resources, SC Andalucía Mining y Ecologistas en Acción) son condenadas al pago de las costas judiciales, al considerarse que mantuvieron una posición “incriminatoria” sin fundamentos probatorios.
– **Valoración de la Fiscalía**: La Fiscalía solicitó la absolución global basándose en “pruebas de especial consistencia”, citando los informes de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, que no hallaron indicios de delito.
**Reacciones**
Juan Carlos Alférez, abogado de Magtel, calificó la sentencia de “justa y técnicamente impecable”, resaltando la “rigorosa y ejemplar” labor de los magistrados y el restablecimiento del honor y la reputación de sus clientes tras una década de sufrimiento.
**Nota**: La sentencia aún es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
